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Permanencia Transitoria

Es el permiso otorgado a los extranjeros que ingresan al país sin intenciones de establecerse en él, ya sea con fines de turismo, negocios, deportes, trabajo por corto tiempo, entre otros, con una vigencia máxima de 90 días, prorrogable. Por regla general, Chile permite el ingreso bajo esta categoría a los nacionales de la mayoría de los países del mundo, en particular con los cuales existe reciprocidad (Espacio Schengen, mayoría de países de Iberoamérica, EEUU, Reino Unido, Rusia, entre otros)

  • Visado de permanencia transitoria consular: Es la autorización consular para ingresar como turista a Chile -de carácter excepcional- que nuestro país le exige a más de 100 naciones, incluyendo Cuba, Haití y Venezuela.

  • Prórroga de permanencia transitoria: El permiso de permanencia transitoria expira en el plazo que fije la autoridad policial en frontera, el que no puede exceder de 90 días. Vencido dicho plazo, se puede prorrogar por otros 90 días sin necesidad de salir del país.

  • Permiso de trabajo con permanencia transitoria: Es un permiso provisorio que se otorga a quienes vienen al país por corto tiempo a trabajar, con duración máxima de 90 días, mientras siga vigente su permanencia transitoria.

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